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NOM-035: qué es, a quién aplica y cómo cumplirla [2026]

Plática al personal sobre la política de prevención de riesgos psicosociales

La NOM-035-STPS-2018 es la norma oficial mexicana que obliga a todo centro de trabajo a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial —cargas excesivas, jornadas que rebasan la ley, falta de control sobre el trabajo, violencia laboral— y a promover un entorno organizacional favorable. Aplica a todas las empresas del país, desde el primer trabajador, y lo que cambia según el tamaño de la plantilla es cuántas obligaciones te tocan.

Esta guía explica qué pide de verdad la norma, cuáles de sus numerales te aplican si tienes hasta 15, de 16 a 50 o más de 50 trabajadores, qué revisa un inspector de la STPS, cómo cumplirla en siete pasos y los errores que hacen que una empresa que «ya aplicó la encuesta» siga sin cumplir. Todo lo que se cita sale del texto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 2018.

Contenido de esta guía

  1. Qué es la NOM-035 y qué no es
  2. A quién aplica: obligaciones por tamaño de plantilla
  3. Las ocho obligaciones del patrón, numeral por numeral
  4. Desde cuándo es obligatoria y cada cuánto se repite
  5. Cómo cumplirla en 7 pasos
  6. Qué revisa la STPS en una inspección
  7. 8 errores que dejan a una empresa sin cumplir
  8. Ejemplo: una distribuidora de 38 trabajadores
  9. NOM-035 frente a NOM-030, ISO 45001 y la encuesta de clima
  10. Preguntas frecuentes
  11. Conclusión

Qué es la NOM-035 y qué no es

Su nombre completo es NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo — Identificación, análisis y prevención. La emitió la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en la Ley Federal del Trabajo y en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, y rige en todo el territorio nacional. Su objetivo, dicho en una línea: que el trabajo no enferme a la gente por la forma en que está organizado.

La norma se entiende con cuatro definiciones. Conviene tenerlas claras antes de leer cualquier otra cosa, porque casi todos los malentendidos salen de confundirlas:

Las cuatro definiciones que ordenan la norma (numeral 4)

  • Factores de riesgo psicosocial: los que pueden provocar trastornos de ansiedad, del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivados de la naturaleza del puesto, del tipo de jornada y de la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a violencia laboral. Son condiciones del trabajo, no rasgos de la persona.
  • Entorno organizacional favorable: el que promueve el sentido de pertenencia, la formación para hacer bien el trabajo, responsabilidades claras, comunicación, cargas bien distribuidas con jornadas conforme a la ley, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.
  • Violencia laboral: actos de hostigamiento, acoso o malos tratos contra el trabajador que pueden dañar su integridad o su salud.
  • Acontecimiento traumático severo: el vivido durante o con motivo del trabajo en el que hubo una muerte o un peligro real para la integridad física —un asalto, un accidente grave, un secuestro, una amenaza— y que puede generar estrés postraumático en quien lo sufre o lo presencia.

Y lo que la NOM-035 no es:

  • No es una encuesta de clima laboral. Una encuesta de clima mide percepción y satisfacción; la norma exige identificar factores de riesgo con un método que cumpla sus numerales 7.2 a 7.5 y calificarlo con niveles de riesgo definidos. Una encuesta genérica no sustituye a la evaluación.
  • No es un trámite que se registra ante la STPS. No hay un padrón al que se suban los resultados. El cumplimiento se demuestra cuando un inspector lo pide, con evidencia documental y con entrevistas al personal.
  • No es una evaluación psicológica de los trabajadores. Evalúa el trabajo, no a las personas. Los exámenes médicos y psicológicos solo entran cuando hay signos o síntomas, o cuando los resultados o las quejas lo sugieren (numeral 5.6).
  • No se «certifica». No existe un certificado NOM-035 que te declare en cumplimiento. Lo que sí contempla la norma es que el patrón, si quiere, contrate una unidad de verificación aprobada para que dictamine su grado de cumplimiento (capítulo 9). Una constancia de curso no prueba que la empresa cumpla.
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A quién aplica: obligaciones por tamaño de plantilla

La norma aplica a todos los centros de trabajo. El campo de aplicación (numeral 2) reparte las obligaciones en tres tramos según cuántas personas laboran en el centro de trabajo. Ojo con la palabra: se cuenta por centro de trabajo, no por razón social. Una empresa con una oficina de 12 personas y una planta de 140 tiene dos centros con obligaciones distintas.

Tamaño del centro de trabajo Numerales que debe cumplir En la práctica
Hasta 15 trabajadores 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2 Política escrita y difundida, medidas de prevención, mecanismo de quejas, identificar y canalizar a quien vivió un acontecimiento traumático severo, e informar al personal. No aplica cuestionarios de factores de riesgo.
De 16 a 50 trabajadores 5.1, 5.2, 5.4 a 5.8, 7.1 inciso a), 7.2, 7.4 a 7.9 y capítulo 8 Todo lo anterior, más identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial con todos los trabajadores (Guía de referencia II o un método equivalente), informe de resultados, registros y programa de intervención si sale riesgo.
Más de 50 trabajadores 5.1, 5.3 a 5.8, 7.1 inciso b), 7.2 a 7.9 y capítulo 8 Todo lo anterior, más evaluar el entorno organizacional (Guía de referencia III o equivalente). Aquí se permite aplicar a una muestra representativa calculada con la fórmula de la propia guía.

Dos consecuencias que se pasan por alto. La primera: una empresa de 10 personas sí tiene obligaciones —la política, el mecanismo de quejas y la identificación de acontecimientos traumáticos severos no dependen del tamaño—. La segunda: si tu plantilla cruza un umbral, cruzas de tramo. Una empresa que pasó de 45 a 60 trabajadores ya no cumple con la Guía II; le toca la III, con la evaluación del entorno organizacional incluida.

Las ocho obligaciones del patrón, numeral por numeral

El capítulo 5 de la norma enumera lo que le toca al patrón. Se citan por número para que puedas ubicarlas en el texto oficial:

  1. 5.1 Política de prevención. Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política que contemple la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la prevención de la violencia laboral y la promoción de un entorno organizacional favorable. La Guía de referencia IV trae un ejemplo.
  2. 5.2 Identificación y análisis (16 a 50 trabajadores). Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial conforme a los numerales 7.1 inciso a) y 7.2.
  3. 5.3 Identificación, análisis y entorno (más de 50). Lo mismo, más la evaluación del entorno organizacional conforme al numeral 7.3.
  4. 5.4 Medidas de prevención y control. Adoptar medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo, promover el entorno favorable y atender las prácticas opuestas a él y los actos de violencia laboral, con base en el capítulo 8.
  5. 5.5 Acontecimientos traumáticos severos. Identificar a los trabajadores que los vivieron durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo. La Guía de referencia I trae el cuestionario.
  6. 5.6 Exámenes médicos y evaluaciones psicológicas. Practicarlos a los trabajadores expuestos a violencia laboral o a factores de riesgo cuando existan signos o síntomas, cuando los resultados de la evaluación lo sugieran o cuando haya quejas de violencia laboral.
  7. 5.7 Difusión. Informar a los trabajadores sobre la política, las medidas contra la violencia laboral, las medidas de prevención y control, los mecanismos de queja, los resultados de la evaluación y las posibles alteraciones a la salud por la exposición a factores de riesgo.
  8. 5.8 Registros. Llevar los registros de los resultados de la identificación y análisis (y de la evaluación del entorno, en centros de más de 50), de las medidas de control adoptadas y de los trabajadores a quienes se practicaron exámenes o evaluaciones clínicas.

Los trabajadores también tienen obligaciones (capítulo 6): observar las medidas, abstenerse de prácticas contrarias al entorno favorable, participar en la identificación de factores de riesgo, denunciar la violencia laboral por los mecanismos establecidos e informar por escrito si presenciaron o sufrieron un acontecimiento traumático severo. Por eso la política y la difusión no son un adorno: son la vía por la que el personal se entera de lo que le toca.

Desde cuándo es obligatoria y cada cuánto se repite

La norma se publicó en el DOF el 23 de octubre de 2018 y entró en vigor en dos etapas, según sus transitorios:

  • Primera etapa — 23 de octubre de 2019. Un año después de su publicación: política, medidas de prevención, identificación de acontecimientos traumáticos severos, difusión y el resto de lo que no quedó diferido.
  • Segunda etapa — 23 de octubre de 2020. Dos años después: los numerales 5.2, 5.3, 5.6 y 5.8, los numerales 8.3 a 8.5 y todo el capítulo 7, es decir, la identificación y análisis con cuestionarios, la evaluación del entorno, los registros y el programa de intervención.

Desde entonces la norma está completa y vigente. Y no se cumple una sola vez: el numeral 7.9 exige que la identificación y análisis —y la evaluación del entorno, en su caso— se realice al menos cada dos años. Una evaluación de 2022 que no se repitió está vencida.

Cómo cumplirla en 7 pasos

El orden importa. Cada paso produce la evidencia que el siguiente necesita, y saltarse uno obliga a rehacer el que sigue.

Paso 1 — Cuenta a tu gente por centro de trabajo

Lista cada centro de trabajo con su número de trabajadores, incluidos los de todos los turnos. Ese número decide el tramo, el cuestionario y si puedes usar muestra. Es el paso más corto y el que más errores evita.

Paso 2 — Escribe, firma y difunde la política

La política de prevención de riesgos psicosociales es la primera obligación para cualquier tamaño y lo primero que pide un inspector. Debe cubrir los tres ejes del numeral 5.1, estar firmada por la dirección y llegar a todo el personal, también al de nuevo ingreso. Difundirla sin dejar registro —lista de asistencia, acuse, publicación fechada— equivale a no haberla difundido.

Paso 3 — Abre el mecanismo de quejas

El numeral 8.1 inciso b) pide mecanismos seguros y confidenciales para recibir quejas por prácticas opuestas al entorno favorable y denuncias de violencia laboral. Un correo que lee el jefe directo no es confidencial. Define quién recibe, en qué plazo responde, cómo se protege a quien denuncia y dónde queda el registro.

Paso 4 — Identifica acontecimientos traumáticos severos

Aplica el cuestionario de la Guía de referencia I (o uno equivalente) y define a dónde se canaliza a quien lo necesite: IMSS, institución privada o médico de la empresa. En sectores con asaltos o accidentes —transporte, comercio, seguridad, manufactura— este paso no es teórico. Lo explicamos a detalle en la guía de los cuestionarios de la NOM-035.

Paso 5 — Evalúa con el cuestionario que te toca

De 16 a 50 trabajadores, identificación y análisis de factores de riesgo con todos (Guía II, 46 preguntas). Más de 50, factores de riesgo y entorno organizacional (Guía III, 72 preguntas), con la opción de muestra representativa. Si usas un cuestionario propio, el numeral 7.5 exige que esté validado en población trabajadora mexicana. El resultado se integra en un informe con el contenido del numeral 7.7 y queda disponible para consulta de los trabajadores (7.8).

Paso 6 — Arma el programa de intervención

Si algún resultado sale en nivel medio, alto o muy alto, el numeral 8.3 obliga a actuar mediante un programa que contenga, según el 8.4: áreas o trabajadores sujetos al programa, tipo de acciones y medidas de control, fechas programadas, control de avances, evaluación posterior y responsable de ejecutarlo. Las acciones van en tres niveles (8.5): organizacional, grupal e individual.

Paso 7 — Integra el expediente y calendariza la siguiente evaluación

Junta en un solo lugar la política con su evidencia de difusión, el mecanismo de quejas y sus registros, los cuestionarios de la Guía I, el informe de resultados, el programa con sus avances y la evidencia de lo ejecutado. Ponle dueño con nombre y fecha a la reevaluación de dentro de dos años. El expediente es lo que se le muestra a la autoridad; si no se puede mostrar el mismo día, en la práctica no existe.

"La pregunta que ordena todo el cumplimiento no es «¿ya aplicamos la encuesta?», sino «si mañana llega un inspector, ¿qué le enseñamos y quién se lo enseña?»."

Qué revisa la STPS en una inspección

El capítulo 10 de la norma contiene el procedimiento para la evaluación de la conformidad: por cada numeral dice qué tipo de evidencia se revisa —documental, entrevista o ambas— y cuándo se considera que el patrón cumple. Es la mejor lista de verificación que existe, porque es la misma con la que trabaja la autoridad o una unidad de verificación.

Lo que conviene tener listo para mostrar

  • Política firmada, con evidencia de que se difundió (registros de difusión, publicación, inducción).
  • Mecanismo de quejas descrito, con el registro de las quejas recibidas y su atención.
  • Guía I aplicada, con la canalización de quienes la requirieron.
  • Informe de resultados de la identificación y análisis (y del entorno, en más de 50), con método, fecha y niveles de riesgo.
  • Programa de intervención con responsables, fechas, avances y la evaluación posterior.
  • Registros de difusión de los resultados y de las medidas al personal.
  • Exámenes o evaluaciones clínicas practicados cuando correspondía, con su registro.

Además de los papeles, el inspector entrevista a trabajadores. Pregunta si conocen la política, si saben a dónde acudir con una queja y si se les informaron los resultados. Una empresa con la carpeta impecable y un personal que nunca oyó hablar de la política falla en la entrevista.

¿Qué pasa si no se cumple? La NOM-035 es una norma de seguridad y salud en el trabajo, y su incumplimiento se sanciona conforme a la Ley Federal del Trabajo. El artículo 132, fracción XVII, obliga al patrón a cumplir las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud, y el artículo 994, fracción V, prevé multas de hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al patrón que no observe esas normas. El monto en pesos cambia cada año con el valor de la UMA que publica el INEGI.

8 errores que dejan a una empresa sin cumplir

  1. Aplicar una encuesta de clima y darla por buena. Si el instrumento no cubre los factores del numeral 7.2 ni califica con niveles de riesgo, no es la evaluación que pide la norma.
  2. Calificar con una escala propia. Las guías II y III traen su mecánica de calificación y sus rangos por categoría y por dominio. Usar los cuestionarios oficiales y calificarlos «a ojo» invalida el ejercicio.
  3. Evaluar y archivar. Un resultado de riesgo medio o mayor sin programa de intervención es la peor posición posible: prueba que la empresa sabía y no actuó.
  4. Usar la guía equivocada. Aplicar la Guía II en un centro de 80 personas deja fuera la evaluación del entorno organizacional que exige el numeral 5.3.
  5. Romper la confidencialidad. Si el jefe reparte y recoge los cuestionarios, la gente contesta lo que conviene. La Guía III pide, entre otras condiciones, explicar el objetivo y garantizar la confidencialidad antes de aplicar.
  6. Olvidar la Guía I. Muchas empresas aplican la II o la III y se saltan la identificación de acontecimientos traumáticos severos, que es obligatoria desde el primer trabajador.
  7. No informar los resultados. El numeral 7.8 los pone a disposición de los trabajadores y el 5.7 obliga a difundirlos. Guardarlos «para no generar expectativas» es incumplir.
  8. Dejar pasar los dos años. La evaluación caduca. Sin una fecha de reaplicación con responsable, el cumplimiento se degrada solo.

Ejemplo: una distribuidora de 38 trabajadores

Un caso ilustrativo, con datos inventados para el ejemplo. Una distribuidora de abarrotes en Guadalajara tiene 38 trabajadores en un solo centro: almacén en dos turnos, cinco repartidores, ventas y administración. Le tocan los numerales del tramo de 16 a 50. Así se vería su ruta:

De «no tenemos nada» a un expediente que se puede mostrar

  • Semana 1. La dirección firma la política con los tres ejes del 5.1; se presenta en una junta por turno y se recaban firmas de asistencia. Se abre un buzón confidencial que revisa una persona de administración ajena a las jefaturas operativas.
  • Semana 2. Se aplica la Guía I a los 38. Dos repartidores reportan un asalto en ruta en el último año; uno de ellos contesta «sí» en la sección de recuerdos persistentes y se le canaliza a su unidad médica.
  • Semanas 3 y 4. Se aplica la Guía II a todos, en grupos pequeños y fuera de la vista de los supervisores, con las condiciones de aplicación de la guía. La calificación final sale en nivel medio, con los dominios de jornada de trabajo y carga de trabajo en alto en el almacén del turno nocturno.
  • Semana 5. Informe de resultados conforme al 7.7 y difusión al personal. Programa de intervención: rediseño de la rotación del turno nocturno, regla escrita sobre horas extra conforme a la LFT, plática de manejo de conflictos para supervisores y revisión a seis meses. Cada acción con responsable y fecha.
  • Después. Un responsable de RH lleva el expediente y tiene en su calendario la reaplicación de la Guía II dentro de dos años.

Nada de esto requiere un sistema caro. Requiere orden, confidencialidad real y que alguien sea dueño del tema. La política, las descripciones de responsabilidades y las reglas de jornada se apoyan en documentos que muchas empresas ya tienen a medias: si las tuyas viven dispersas, la guía de políticas y reglas de empresa ayuda a ordenarlas.

NOM-035 frente a NOM-030, ISO 45001 y la encuesta de clima

  • NOM-030-STPS-2009 regula los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo y el diagnóstico de seguridad y salud del centro de trabajo. La NOM-035 se engancha ahí: su numeral 7.6 pide integrar la identificación de factores de riesgo psicosocial a ese diagnóstico.
  • ISO 45001 es una norma internacional voluntaria de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Incluye los riesgos psicosociales entre los peligros que hay que gestionar, pero no sustituye a la NOM-035: la norma mexicana es obligatoria con o sin un sistema certificado. Si ya operas o piensas operar un sistema así, lo desarrollamos en la guía de ISO 45001; quien certifica ese sistema es un organismo de certificación acreditado bajo ISO/IEC 17021-1, que eliges tú.
  • La encuesta de clima sigue siendo útil para gestionar personas, pero mide otra cosa. Puede convivir con la evaluación de la NOM-035; no la reemplaza.

Donde la NOM-035 toca de lleno a recursos humanos es en las responsabilidades: la definición precisa de responsabilidades y la distribución de cargas son parte del entorno organizacional favorable. Una empresa sin descripciones de puesto claras tiene más difícil sostener ese eje.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la NOM-035 en pocas palabras?

Es la norma oficial mexicana NOM-035-STPS-2018, que obliga a todo centro de trabajo a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial —cargas excesivas, jornadas fuera de la ley, falta de control sobre el trabajo, violencia laboral— y a promover un entorno organizacional favorable. Se publicó en el DOF el 23 de octubre de 2018.

¿La NOM-035 aplica a empresas con menos de 15 trabajadores?

Sí. Todo centro de trabajo, sin importar su tamaño, debe tener una política de prevención de riesgos psicosociales, medidas de prevención y un mecanismo confidencial de quejas, identificar y canalizar a quien haya vivido un acontecimiento traumático severo e informar al personal. Lo que no les toca es aplicar los cuestionarios de factores de riesgo de las guías II o III.

¿Qué cuestionario me toca aplicar?

La Guía de referencia I, para acontecimientos traumáticos severos, aplica a todos. De 16 a 50 trabajadores, además, la Guía II de factores de riesgo psicosocial, con todo el personal. Con más de 50, la Guía III, que añade la evaluación del entorno organizacional y permite una muestra representativa. Se cuenta por centro de trabajo.

¿Cada cuánto se tiene que hacer la evaluación?

Al menos cada dos años, según el numeral 7.9 de la norma. También conviene repetirla cuando cambia mucho la plantilla o la organización del trabajo, porque una evaluación que ya no describe la operación deja de servir para decidir medidas.

¿Hay que registrar los resultados ante la STPS?

No. La norma no prevé un registro ni un envío de resultados a la autoridad. Los resultados se guardan en un informe, se ponen a disposición de los trabajadores y se muestran a un inspector cuando lo solicita, junto con el resto del expediente.

¿Existe un certificado de cumplimiento de la NOM-035?

No hay un certificado que declare a una empresa en cumplimiento. La norma permite que el patrón contrate, de forma voluntaria, una unidad de verificación aprobada para dictaminar su grado de cumplimiento. Una constancia de curso o de plática no prueba que la empresa cumpla.

¿Qué multa hay por no cumplir la NOM-035?

El incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo se sanciona conforme a la Ley Federal del Trabajo: el artículo 994, fracción V, prevé multas de hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización. El monto en pesos cambia cada año con el valor de la UMA.

¿La encuesta de clima laboral sirve para cumplir?

Por sí sola, no. La evaluación de la NOM-035 tiene que cubrir los factores que enumera el numeral 7.2 y calificarse con niveles de riesgo definidos. Puedes usar los cuestionarios de las guías II y III o uno propio validado en población trabajadora mexicana, como exige el numeral 7.5.

Conclusión

La NOM-035 no se cumple con una encuesta ni con una plática: se cumple con un ciclo que se repite cada dos años —política, identificación, evaluación, programa, evidencia— y con un personal que sabe a dónde acudir. El tamaño de la plantilla decide cuántas piezas te tocan, pero ninguna empresa queda fuera.

Si vas a arrancar, tres decisiones ordenan el resto: cuenta a tu gente por centro de trabajo para saber qué guía te toca, firma y difunde la política antes que cualquier otra cosa, y ponle dueño al expediente con la fecha de la siguiente evaluación ya en el calendario. Para la parte operativa de los cuestionarios, sigue con la guía de los cuestionarios de la NOM-035.

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